Juicio administrativo de responsabilidad : hacia un procedimiento más eficaz

dc.contributor.advisorRolandi, Cristina
dc.creatorRodríguez Méndez, Rodrigo Federico Alejandro
dc.date2024-05-00
dc.date.accessioned2026-04-15T23:24:00Z
dc.descriptionFil: Rodríguez Méndez, Rodrigo Federico Alejandro. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Buenos Aires, Argentina.
dc.descriptionFil: Rolandi, Cristina. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Buenos Aires, Argentina.
dc.description.abstractEn principio, recordemos que el 17 de noviembre del año 1965 se sancionó en el ámbito provincial la Ley N° 500 (Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas) la que en su artículo 2° establece que el Tribunal de Cuentas (en adelante TC): 'Es el organismo fiscalizador de la gestión financiero patrimonial de la Provincia, los municipios, las empresas para-estatales, las reparticiones descentralizadas y autárquicas, creadas o que se creen y como tal, sólo depende de la Constitución y de la Ley. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de la Provincia, y residirá en la Capital de la misma'. Por su parte, en orden a la responsabilidad patrimonial de los agentes estatales, el artículo 25° prescribe que: 'Todo estipendiario del Estado provincial o municipal responderá de los daños que por su culpa o negligencia sufra la hacienda pública y estará sujeta a la jurisdicción del Tribunal de Cuentas. Quedan sujetas a la misma jurisdicción, todas aquellas personas que sin ser estipendiarias del Estado, manejen bienes públicos'. El mecanismo establecido para hacer efectiva esa responsabilidad patrimonial lo encontramos normado en su Capítulo XI -JUICIO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD-, más precisamente el artículo 55° establece que: 'La determinación administrativa de responsabilidad que no sea emergente de una rendición de cuentas, se establecerá por los procedimientos dispuestos en el presente capítulo. Se hará mediante un juicio que mandará iniciar el Tribunal de Cuentas, cuando se le denuncien actos, hechos u omisiones susceptibles de producir un perjuicio a la hacienda pública, o adquiera por sí la convicción de su existencia.
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier1502-2777_RodriguezM
dc.identifier.otherEspecialización en Administración Financiera del Sector Público
dc.identifier.urihttps://bibliotecadigital.economicas.uba.ar/handle/123456789/5471
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Escuela de Estudios de Posgrado
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by/2.5/ar/
dc.subjectJuicio administrativo de responsabilidad
dc.subjectLey Orgánica del Tribunal de Cuentas
dc.subjectResponsabilidad patrimonial
dc.subjectSanta Cruz
dc.subject.other9
dc.subject.otherDistinguido
dc.titleJuicio administrativo de responsabilidad : hacia un procedimiento más eficaz
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesis
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/tesis de maestría
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion

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